AMPARO EN MARBELLA

002 (9 de noviembre de 2007)




La verdad es que me ha sorprendido gratamente el PLAN, (porque para hablar del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella con decir el PLAN es suficiente), tiene un montón de páginas, gráficos, planos y disquisiciones que hacen que sea objeto cotidiano de conversación, “pues lo mío esta de sectorizado”, “te has fijado, los terrenos de la Amparo están en un Ari, … con lo que es ella”, …, al fin se ha conseguido cumplimentar la famosa y deseada participación ciudadana.

Nace hijo de la diarrea legislativa de última hora (una mala malayonesa, sin lugar a dudas), que a duras penas se ajusta, a pesar de los esfuerzos ímprobos de sus redactores, y que no hace otra cosa que poner en un serio problema a la Junta que va a tener que decir que se ajusta al famosísimo POTA, y a la instrucción 1/2007 que D.Vicente firmo, huérfana de padre, que no de madre (que esto fue siempre mas difícil esconder) y que a traído de cabeza a cerca de 769 alcaldes, expectantes ahora todos por ver como se la salta el PLAN para poner en practica este nuevo impulso sobre la barra que a modo de “Fosbury”, con Marbella se esta ensayando., porque hay que ser claros, este Plan no se ajusta a la instrucción que la Junta dicto para entender el POTA.

Pero bueno, esto solo es un pequeño detalle que no ha de herir la grandeza del PLAN, se trata simplemente de saltarse la instrucción, o mejor, hacer otra nueva, total estamos ya acostumbrados, se trataría simplemente del ultimo pedo, y eso esta perdonado cuando se tiene diarrea, (ustedes me perdonaran el grafismo, tiene razón mi abuela que me decía que no sirvo para político).

Pero sigamos leyendo, disfrutando y aprendiendo de nuestro PLAN: yo siempre pensé que un PGOU es un instrumento que servia para ordenar y equilibrar un territorio después de un análisis y estudio detallado del mismo, al menos responde esto a su estructura con una serie de estudios informativos, planos del estado actual, estudios de impacto ambiental, fotos aéreas, estudios demográficos, socioeconómicos, y muchos mas que engordan la documentación del mismo y que no solo sirven para justificar unos honorarios sino para justificar unas propuestas. Hasta aquí todo correcto, pero ahora viene lo mejor que hace que este plan se convierta en el PLAN, además de todo esto (o “quizás” sustituyéndolo) se convierte en un instrumento de justicia como si fuese el quinto jinete del Apocalipsis y se dedica a repartir no solo edificabilidades sino también cesiones como si fuesen puntos “club fémina” o barrotes de una reja en función de si las distintas realidades se ajustan o no al PG86, castigando a estos suelos (a sus últimos propietarios) sin pensar que el Estado de Derecho ha creado una cosa que se llama Justicia para estos eventos y que hoy por hoy un PGOU no es un instrumento de repartir justicia, al menos sin que un juez lo haya informado (extremo este que posiblemente por un olvido imperdonable a D.Vicente y Dña. Concha se les ha pasado en su ultima instrucción).


No es de recibo en el marco de una ordenación urbanística ponerse a repartir “justicia” al margen de cualquier procedimiento y basado tan solo en el hecho objetivo del PG86, sin ni tan siquiera audiencia cierta a los afectados (que no a los beneficiarios de ese desmán, que en muchos casos están en paradero desconocido), y que provoca que convirtamos en delincuentes a personas que sin ninguna defensa han cometido el delito de comprar una vivienda en Marbella (para bien no solo de Marbella, sino de la propia Junta de Andalucía que en su día cobró unos impuestos), o un suelo con una licencia (impugnada o no, era una licencia) y ahora se les condene a una pena (proporcionada o desproporcionada, si injustificada), tan solo sirva como ejemplo que del estudio de las ARG (áreas de regularización, esto es zonas en las que se ha construido al margen del PG86 pero que este PLAN asume una vez que cedan suelo con objeto de reequipar al municipio en función de lo ejecutado) nos encontramos datos tan dispares como que hay una de ellas que tiene que ceder 5,27 m² de suelo cada 100 m² de techo (ARG-NG.9), y otras llegan a 895,10 m² de suelo cada 100 m²t (ARG-MB.8) es decir 170 veces mas, como si una hubiese robado 5 euros al Sr. Botín y la otra fuese la violadora del Ensanche de Barcelona, o algo peor, (por cierto a la casa del Sr. Botín también le ha caído su castigo), y todo esto condenando al suelo, como si el mismo tuviese personalidad jurídica propia sin olvidar que a quien se castiga es al dueño del mismo (inocente o no del proceso malayo).

Supongo que esta falta de procedimiento en impartir justicia no lo hace del todo justo.


No se me olvida el hecho que querer convertir un Plan en instrumento carcelario o repartidor de justicia provoca ciertos desajustes difíciles de controlar urbanisticamente, de hecho el clasificar como urbano no consolidado estos suelos puede provocar algún salto en el vacio cuando la propia Ley (LOUA) impide para este tipo de suelo densidades superiores a 75 viv/Ha y edificabilidades superiores a 1m²/m² (artº 17.1.1ª), encontrándonos alguno de estos suelos que incumplen este articulo, sin olvidar que gran parte de ellos no tienen asignado el numero de viviendas (que si lo tiene que tener), y que se encuentran un gran numero de errores aritméticos y de transposición de cifras en el documento según la página que se mire, producto posiblemente de las prisas y el secretismo con que se llevo su redacción.


Tan solo recordar a mi querida Mª Ángeles que si yo hubiese querido que gobernase el PSOE en Marbella (y redactar un PGOU es un acto de gobierno), lo hubiese votado, pero te vote a ti y espero que no me defraudes, y ahora oyendo a los habitantes de Marbella se reconduzca el PLAN y se convierta en un PGOU.

Ah, se me olvidaba, no es cierto que Jesús Gil viva y ahora vaya con coleta y barba (a pesar que el volumen sea el mismo), ni tan siquiera se ha reencarnado, yo lo toque el otro dia y aquel era mas blando. Y tampoco que JAR sea ahora JMR (P) con barba a pesar de no haberse movido del despacho y seguir haciendo lo mismo.

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