URBANISMO VS ORDENACION (DEL TERRITORIO)

122 (14 de mayo de 2008)



Si difícil es entender lo del urbanismo, me da la sensación que no hay en la provincia de Málaga mas de una docena de arquitectos que sepan explicar con claridad lo del aprovechamiento tipo (ahora ya no existe), medio, áreas de reparto y otras zarandajas similares, y aun menos de la docena si en vez de arquitectos hablamos de abogados, geógrafos, o lo que es aun peor, ingenieros de caminos; no obstante todos hablamos de esto con cierta naturalidad y desparpajo, sin ninguna vergüenza. Pues aun más complejo es saber lo que es la ordenación territorial.

Como no pretendo incluirme en ese pequeño grupo selecto, no lo voy a explicar desde aquí, (lo del aprovechamiento medio, ya que a lo peor no lo se), que todo esto es alquimia, y el valor de la piedra filosofal radica en que haya poca gente que logre comprenderla, no el del valor en si de la misma, y que se hable de ella como algo mágico y esotérico (…se logra suelo para sistemas generales casi sin poner mucho).

Hoy me encuentro didáctico y como ya hemos hablado mucho de urbanismo y otro tanto de la ordenación del territorio, voy a explicar la diferencia entre urbanismo y ordenación del territorio (hace tiempo ya explique la diferencia entre calificación y clasificación y algún periodista debió de leerme, ya que desde entonces se empieza a poner bien).

La planificación urbanística tiene como objetivo los usos pormenorizados del suelo y como determinaciones la clasificación y calificación, encontrándose en un nivel jerárquico inferior, y debe de estar en manos de los Ayuntamientos.

La planificación territorial tiene como objetivo los elementos estructurantes del territorio y como determinaciones las directrices, recomendaciones y determinaciones para los planeamientos urbanísticos (planes generales, entre otros), encontrándose en un nivel jerárquico superior, y debe ser la comunidad autónoma la que lo ordene y genere.

… De nada.

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