DEFINIR PARA NO DISCUTIR

071 (25 de febrero de 2008)


La verdad es que el titulo por conocido es ilustrativo y conciso, y suele arreglar conflictos.

Estamos viviendo un momento especialmente sensible (como casi todos los momentos que vive la ordenación territorial y el urbanismo en esta zona del mundo).

Parto de la idea que por su poca historia, y la aridez del tema es poco conocido el objetivo que deben de tener los planes de ordenación territorial, a pesar que estemos constantemente hablando de ellos, incluso los profesionales del tema (si es que hay alguno) deben de leerlas de vez en cuando para poder entenderlas mejor y en esa practica me he enfrascado esta mañana.

Los Planes de ordenación territorial de ámbito subregional, se proveyeron en la Ley 1/1994 de 11 de enero de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (hace ya 14 años), a pesar de ello no fue hasta el año pasado cuando se aprobaron los dos primeros en nuestra provincia (Costa del Sol y Axarquía), y ahora tramitándose el de la Aglomeración Urbana de Málaga, y es en el articulo 11 de dicha ley donde expone los objetivos que deben de tener los mismos que de una manera resumida son los siguientes:

- Definición de objetivos territoriales a desarrollar y alcanzar.
- Esquema de infraestructuras básicas
- Distribución de equipamientos de ámbito supramunicipal
- Indicación de zonas para ordenar y proteger (no señalar como obligatorias)
- Aspectos específicos indicados por el Consejo de Gobierno

Nada más (y nada menos), aun así hay que leerse también el Decreto de Formulación de los distintos documentos en concreto, y así en el caso del Área metropolitana de Málaga, este se produjo (después de muchos intentos fallidos) mediante el Decreto 213/2006 de 5 de diciembre (BOJA nº 250), en el que de nuevo y en su articulo 3 vuelve a definir mas concretamente los objetivos que ha de tener este Plan y que resumidamente son los siguientes:

1. Asegurar la integración territorial con el sistema de ciudades andaluz
2. Garantizar la coordinación con la Costa del Sol y la Axarquía
3. Establecer zonas a proteger por sus valores
4. Servicios de transporte
5. Criterios que permitan dimensionar los crecimientos
6. Identificar suelos e infraestructuras vinculadas al desarrollo de las actividades productivas de rango metropolitano.
7. Red de espacios libres públicos metropolitanos
8, Nuevas necesidades de infraestructuras energéticas, hidráulicas, saneamiento y residuos sólidos
… bueno pues casi nada de nada,

… me lo he leído casi todo el documento del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Málaga y de los puntos 1, 2, 4 y 8 cero, del 3, 6 y 7 mas o menos bien y el 5 no veo la justificación a los mismos, y sin embrago fija áreas de oportunidad sin que las mismas tengan un soporte en que apoyarse medianamente justificado.

Sospecho que como alguien lo impugne (caso que se apruebe) los jueces se van a reír un rato, (la pena es lo que van a tardar en reírse, que los contenciosos son lentos)

No hay comentarios:

Publicar un comentario